Los fenómenos naturales están tomando protagonismo y relevancia actualmente. En el 2017, el seguro en España pagó más de 87 millones de euros por daños ocasionados  por  ciclones y tornados. Así como borrascas y vientos extraordinarios. Diversas zonas del país atraviesan por fenómenos atmosféricos como fuertes lluvias e inundaciones que han dejado graves consecuencias.

Proteja su vivienda contratando un seguro de hogar contra fenómenos atmosféricos

Tal es el caso de la tragedia de Sant Llorenç des Cardassar (Mallorca). El sector asegurador está en alerta por la presencia de estos fenómenos. El viento es otro fenómeno meteorológico que también causa daños relevantes en diferentes partes de la geografía nacional.

E 2017 se tramitó un total de 61.060 expedientes, por la ocurrencia de Tempestad Ciclónica Atípica (TCA). Las cifras fueron reportadas por  el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Los siniestros generaron indemnizaciones por el orden de los 87.980.140 euros y un coste medio por indemnización de 1.441 euros.

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Las estadísticas también indican, que entre los años 2010 y 2017, la cantidad de expedientes suma 370.632 casos indemnizados. El costo de las indemnizaciones llegó a más de 3.709 millones de euros. Desde 1971 a 2017, la cifras por la ocurrencia de Tempestad Ciclónica Atípica, alcanzó un total de 689.067 expedientes gestionados.

Las indemnizaciones estuvieron alrededor de 1.931.710 euros. Se incluyen los importes cancelados antes de 1987. Los cuales correspondían a daños directos causados por lluvias, pedrisco y nieve,  que no fueron  cubiertos desde ese año. Ya después del 25 de febrero de 2014 se incluyen los importes solventados por ocurrencia de tornados y vientos extraordinarios.

‘Ana’ y ‘Bruno’ causaron daños  por el orden de 46,5 millones de euros

Cuando los daños causados por fuertes vientos no es posible atribuirlos a falta de mantenimiento o de atención, el seguro de hogar los cubre.

Entre los siniestros  más recientes, se presenta el ciclón Kurt en febrero de 2017. Causó daños que alcanzó el orden de los 72.735.592 euros en indemnizaciones. Posteriormente, en diciembre de ese mismo año, se presentó  la borrasca Ana. Fue  la primera tempestad fuerte que se bautizó en España. Causó fuertes daños y las indemnizaciones alcanzaron los 8.139.640 euros.

El ciclón “Bruno” se sumó a los pocos días de “Ana” sumando daños desastrosos, hasta alcanzar los 40.000 siniestros documentados. Alcanzando un costo de 46,5 millones de euros en indemnizaciones.

Cuando se trata de siniestros provocados por el viento, la cobertura de Riesgos Extraordinarios no es automática. Depende de varios factores. Tales como la velocidad del viento  y en  algunas oportunidades, también de la concurrencia de otros fenómenos naturales. Por ejemplo, viento y lluvia, viento y frío, entre otros.

Por debajo de estas características y límites, es el seguro privado el que, debe responder por las catástrofes registradas. Si este contempla cobertura de daños causados por viento. Lo habitual es que los seguros privados cubran daños por viento a partir de ciertas velocidades. Incluyendo el seguro de hogar, comercios etc. Hasta las velocidades del viento que son objeto de cobertura por el Consorcio.

Las velocidades del viento vienen reguladas por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, en su Artículo 2.e en el que se define la “Tempestad ciclónica atípica”. Donde los vientos se consideran extraordinarios cuando presentan ráfagas de 120 Km/h y sostenidos durante 3 segundos.

Daños por viento son cubiertos por seguro privado

Cada contrato de seguro es diferente dependiendo de la compañía aseguradora entre otras cosas. Por lo tanto debe atenderse de acuerdo a las clausulas de sus Condiciones Generales. En este sentido, se puede afirmar que en la mayoría de seguros multirriesgo que se comercializan en el mercado en España, garantizan los daños causados por vientos. Mientras  superen una determinada velocidad.

Solamente hasta el límite máximo donde superan las velocidades a partir de las cuales entra en efecto la cobertura de Riesgos Extraordinarios.

La velocidad mínima puede variar. Se contemplan cifras diversas de acuerdo a la aseguradora. Consideran 75 km/h, 80 km/h, 84 km/h o 90 km/h. También hay textos en algunas cláusulas que son menos concretos.

Como por ejemplo, “que se registren también daños en otras viviendas distintas de la asegurada en una radio de 500 m”, o “que no se puedan considerar propios del lugar y época del año”.

En tal caso, las cobertura de daños causados por vientos si los cubren los seguros de hogar y demás. Siempre y cuando cumpla con las características que exige la ley.